miércoles, 21 de mayo de 2014

3.4. Comunicación interna hacia políticas de uso de redes y RRSS.

En este manual de uso de redes sociales en mi centro educativo vamos a disponer de 10 normas básicas cuyo seguimiento regula el uso de software y hardware publico y privado en el centro, algunas de ellas se han obtenido directamente del proyecto ya en práctica del Belgrano Day School en Buenos Aires (Argentina):

Uso general

1º.- Se abre una red inalámbrica cerrada para el uso educativo de los alumnos en el centro. Dicha red contiene un sistema de rastreo de las MAC de los dispositivos, así como de la información que se obtiene a través suyo.

2º.- Se habilita en el centro una cuenta propia de facebook, twitter, blogger, pinterest, Gnoss, Google apps, Moodle, Diigo, etc. al cual podrá acceder el alumnado previa creación de cuenta desde jefatura.

3º.- Se implementa como novedad la obligación por parte del personal docente de utilizar los mismos métodos e instrumentos de redes sociales en el proceso de enseñanza-aprendizaje : tal "obligatoriedad" se consensuará previamente en CCP y en claustro ( se trata de unificar criterios de evaluación y uso de determinadas aplicaciones para la labor docente)

4º.- El centro docente no se hace responsable de averias, hurtos o del mantenimiento de cualquier dispositivo que se traiga de forma privada al centro ( tablets, ipad, laptops, netbooks, ebooks, etc), Respecto a los dispositivos de los que dispone, se acogerá a lo dispuesto por los profesores TIC y la politivca de manteniento del centro ya existente.
  
Uso para alumnos
 
5º.- El alumno no podrá sacar ni hacer circular fotos, videos o ningún otro archivo de otros alumnos o de miembros del personal docente o no docente, ni subirlos a Internet ni publicarlos o difundirlos por medio alguno (redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea, u otros).

6º.- El/ la alumno/a es responsable del cuidado de su dispositivo personal, incluyendo cualquier costo –que deberá ser solventado por la familia- de reparación, reemplazo o de cualquier modificación necesaria para su buen uso en el Colegio.

7º.- La violación de las políticas y/ o del Reglamento del Colegio o de los procedimientos administrativos que involucren al dispositivo personal puede resultar en la prohibición de su uso y/o en una sanción disciplinaria.
8º.- El/la alumno/a no puede utilizar el dispositivo para grabar, transmitir o enviar fotos, videos u otros archivos de una o más personas del Colegio (sean menores o adultos), como así tampoco las imágenes o videos grabados en el establecimiento.

9º.- Durante las horas de clase, el/la alumno/a deberá usar su dispositivo únicamente para acceder a las actividades propias de la dinámica del aula. El/ la alumno/a utilizará la red inalámbrica del Colegio. El uso de conexiones inalámbricas 3G y 4G no está en principio permitido, ya que excedería las posibilidades de filtrado y regulación propuestas por el Colegio.

10º.- En cualquier caso, se seguirá escrupulosamente lo dispuesto en la ley orgánica de protección de datos de la agencia española de protección de datos.





http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Information_Worker%27s_Toolkit_1.jpg



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